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Maltrato animal en Córdoba

En la Provincia de Córdoba el maltrato animal no se denuncia en UFEMA ni en el 0800 FISCAL porteño. Rige la Ley nacional 14.346, con prisión de quince días a un año, y se suma la provincial 9.685, que abrimos en el portal de normativa de argentina.gob.ar: circulación y tenencia de perros potencialmente peligrosos, abandono y una invitación a los municipios sobre tenencia responsable. El MPF de Córdoba lista el maltrato a un animal entre los hechos de denuncia presencial: Unidades Judiciales las 24 horas o Fiscalías de Instrucción de 8 a 14. En esas páginas no hay un 0800 provincial de maltrato. No es asesoramiento legal.

Publicada en Patitas Pets el 7 de septiembre de 2026. Fuentes: Infoleg (14.346), argentina.gob.ar (Ley 9685), MPF Córdoba, Ambiente Córdoba, Municipalidad de Córdoba, Derecho Fácil. No es asesoramiento legal.

Perro mestizo atigrado en patio de baldosas mirando a cámara, foto ilustrativa (no Unsplash)

La 14.346 rige en Córdoba; UFEMA no

La Ley 14.346 es nacional. Infoleg la muestra sancionada el 27 de septiembre de 1954 y promulgada el 27 de octubre. El artículo 1 reprime con prisión de quince días a un año a quien inflija malos tratos o haga víctima de actos de crueldad a los animales. Los artículos 2 y 3 listan esas conductas; el 4 es de forma. El detalle está en la ficha de la Ley 14.346.

Esa escala vale en la capital, en Villa María y en Río Cuarto igual que en el resto del país. Lo que cambia es quién investiga. En CABA, el MPF porteño asigna esos hechos a UFEMA; esa unidad no es del Ministerio Público Fiscal de Córdoba y no cubre el territorio provincial. La ficha de UFEMA está para contrastar, no para copiar el teléfono. Derecho Fácil, del Ministerio de Justicia, dice que la denuncia penal es gratuita, que los funcionarios están obligados a tomarla y que va a la comisaría, a la fiscalía o UFI, o al juzgado de instrucción del lugar.

Qué dice la Ley 9685, y qué no

La Ley 9.685 se sancionó el 29 de septiembre de 2009. Se publicó el 30 de octubre en el Boletín Oficial provincial. El artículo 1 fija, en todo Córdoba, el régimen de circulación y tenencia de perros potencialmente peligrosos. No es un código penal cordobés nuevo: no reemplaza a la 14.346.

El 5 prohíbe circular con esos perros en libertad de acción. El 7 exige correa o cadena no extensible de hasta 1,50 m, bozal e identificación. El 12 pide un cerramiento de al menos dos metros. Los artículos 13 y 14: el municipio recoge al animal sin responsable y, a los diez días, puede darlo en adopción o a una protectora.

El 16 manda llevar al Instituto Provincial Antirrábico, en 24 horas desde el requerimiento, al perro que hubiere mordido a una persona. El 19 remite las faltas a la Ley 8.431 (Código de Faltas). No abrimos el articulado completo del Código de Convivencia posterior, así que no le inventamos números ni penas nuevas. El 27 manda habilitar una línea anónima para violaciones de esa ley: no hallamos el número publicado, y no lo inventamos.

El 29 invita a municipios a regular abandono, tenencia responsable y control poblacional sin sacrificio. Esa invitación no crea una pena de prisión. No convierte a la 9.685 en una ley penal de maltrato. Adoptá, no compres.

A quién denunciar en Córdoba

El MPF, en mpfcordoba.gob.ar, lista “si alguien maltrata a un animal” entre los hechos que se denuncian de forma presencial. Las Unidades Judiciales reciben denuncias las 24 horas, en todo el territorio. Las Fiscalías de Instrucción de cada sede, lunes a viernes de 8 a 14. Cualquier persona puede denunciar, verbal o por escrito. Es gratis e irretractable.

La web del MPF no cubre esto: la precarga online es para sustracciones y daños NN. El teléfono de esa página (0800 888 8080) es para narcotráfico, no para maltrato. El mapa y los teléfonos de cada Unidad Judicial de Capital están en mpfcordoba.gob.ar/unidades-judiciales/; podés denunciar en cualquiera.

Si el animal está en riesgo ahora, el primer llamado es a la policía. El Ministerio de Seguridad, en cba.gov.ar, lista el 911 como emergencia de la Policía provincial. Derecho Fácil, si el hecho es en la vía pública, también apunta al 911. Si ocurre en una casa o galpón, no ingreses: identificá el lugar y llamá. No te autorizamos a “rescatar” por tu cuenta.

En 2025 el MPF dijo que se creó la Oficina de Cuestiones Ambientales y Derecho Animal, para casos ambientales o colectivos. No publican un mostrador ni un teléfono de denuncias de maltrato. No es UFEMA. El paso a paso nacional está en cómo denunciar maltrato animal en Argentina. La Secretaría de Ambiente, en ambiente.cba.gov.ar, dice que la Policía Ambiental interviene solo con fauna silvestre. El maltrato de animales domésticos es competencia de la Policía de la Provincia.

Capital municipal no es la provincia

La Ley 9.685 es provincial. La ciudad de Córdoba tiene, además, la Ordenanza 13.321: la Municipalidad, en cordoba.gob.ar, habla de registro de canes potencialmente peligrosos, app Huella Animal y el 0800-888-0404 para denunciar irregularidades de esos perros si no usás la app. Esa línea es municipal de la capital, no un 0800 provincial de maltrato, y no cubre el interior. La multa que describe el municipio va de 50 a 250 Unidades Económicas Municipales: es falta de tenencia, no la prisión de la 14.346. En otros distritos buscá zoonosis local. La ficha de maltrato en la Provincia de Buenos Aires muestra el mismo esquema: norma provincial más canal local, sin copiar CABA.

Córdoba frente a CABA y PBA

Situación En Córdoba En CABA En PBA
Delito (Ley 14.346) Rige. Unidad Judicial o fiscalía, con la policía. Rige. Lo investiga UFEMA (MPF porteño). Rige. UFI o fiscalía del lugar.
Norma extra Ley provincial 9.685 (PPP, abandono). En la capital, Ordenanza 13.321. Ley 6839 (contravención porteña). No es ley de Córdoba. Ley 13.879 y Decreto 400/2011. No rigen en Córdoba.
A quién llamar Policía; 911 (cba.gov.ar). Unidad Judicial 24 h o fiscalía 8-14. En la capital, 0800-888-0404 solo para PPP municipales. 0800 33 (FISCAL) 347225 del MPF de CABA. No sirve en Córdoba. Policía; 911. Comisaría u oficina de denuncias del MPBA.
Unidad especial Oficina de Cuestiones Ambientales y Derecho Animal (2025): no es mostrador de denuncias. UFEMA sí, ejido de la Ciudad. No hay UFEMA.
0800 de maltrato El MPF no publica uno. No inventamos el de la 9.685. El 0800 FISCAL es porteño. No hay uno provincial en las fuentes de esa ficha.

Leé la tabla como un mapa de oficinas, no como una sentencia. El encuadre lo hace la Justicia, un abogado o la fiscalía. Un caso tuyo no se resuelve acá.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿UFEMA o el 0800 FISCAL sirven si el hecho fue en Córdoba?

No. Son del MPF de CABA. En Córdoba, policía, Unidad Judicial o Fiscalía de Instrucción, y zoonosis local.

¿Hay un 0800 provincial de maltrato animal?

En las páginas del MPF que abrimos, no. El 0800-888-0404 de la Municipalidad de Córdoba es de la capital y apunta a perros potencialmente peligrosos. La 9.685 manda habilitar una línea: no hallamos el número.

¿Puedo denunciar maltrato por la web del MPF?

La precarga online es para robos, hurtos y daños NN. El maltrato, en los canales que abrimos, es presencial.

¿La Ley 9.685 reemplaza a la 14.346?

No. Es provincial: PPP, abandono y faltas remisibles al viejo Código de Faltas. La penal nacional sigue siendo la 14.346.

¿Me pueden armar el escrito desde esta página?

No. Un caso concreto lo ve un abogado, la fiscalía o la policía. Patitas Pets no representa a nadie. No es asesoramiento legal.

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Revisión humana: sí. No es asesoramiento legal. Firma Patitas Pets.